viernes, 26 de noviembre de 2010

PIDEN QUE SE REGLAMENTE EN LA PROVINCIA LA TENENCIA DE ESPECIES CANINAS POTENCIALMENTE PELIGROSAS

Iniciativa de senadores de la Coalición Cívica

La Plata, 26 noviembre de 2010

El senador Fernando López Villa (CC-ARI) solicitó al Poder Ejecutivo bonaerense la inmediata reglamentación de la Ley 14107 -promulgada el último 5 de enero- la que fija normas aplicables a la tenencia de especies caninas potencialmente peligrosas.

El reclamo, efectivizado a través de una iniciativa que acompañan sus pares de bancada Javier Mor Roig y María Isabel Gainza, apunta a la puesta en práctica de la referida ley que ha ocupado un vacío legislativo que traía mucha preocupación a la comunidad ante la repetida y triste experiencia de ataques producidos por perros de esas características, en especial a niños y ancianos, que en algunas ocasiones han terminado con sus vidas.

En los fundamentos del proyecto sostienen los legisladores de la Coalición Cívica que “diariamente, y a pesar de la vigencia de esta norma, vemos con inquietud en la vía pública animales de las razas consideradas de riesgo, acompañados o no por sus dueños, sin bozal ni correa, lo cual constituye un riesgo cierto para toda la comunidad”.



Razas peligrosas

Explican López Villa y los coautores de la presentación parlamentaria que se consideran especies caninas potencialmente peligrosas Akita Inu; American Staffordshire; Bullmastif; Bull Terrier; Doberman; Dogo Argentino; Dogo de Burdeos; Fila Brasileño y Gran Perro Japonés. También figuran en la nómina el Mastín Napolitano; Pit Bull Terrier; Presa Canario; Rottweiler y Staffordshire Bull Terrier.

Tras hacer referencia a la creación de un Registro de Propietarios de Perros Potencialmente Peligrosos, y el otorgamiento de atribuciones a los municipios para la puesta en marcha y supervisión de las acciones destinadas a dar cumplimiento a los principios normativos, los senadores de la Coalición Cívica aluden a “la lamentable reiteración de ataques de animales de estas especies a numerosas personas sin que ni los agredidos ni los propietarios de los canes pudieran hacer algo para evitar las graves lesiones -y en muchos casos la muerte- ocasionadas”.

Subrayan finalmente que estos tristes ejemplos ponen en evidencia que “aún existiendo leyes al respecto, si las mismas no están reglamentadas y difundidas, con autoridad de aplicación responsable, no cumplen el objetivo para el cual fueron elaboradas”.


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