La Plata, 26 noviembre de 2010
El senador Fernando López Villa (CC-ARI) solicitó al Poder Ejecutivo bonaerense la inmediata reglamentación de la Ley 14107 -promulgada el último 5 de enero- la que fija normas aplicables a la tenencia de especies caninas potencialmente peligrosas.
El reclamo, efectivizado a través de una iniciativa que acompañan sus pares de bancada Javier Mor Roig y María Isabel Gainza, apunta a la puesta en práctica de la referida ley que ha ocupado un vacío legislativo que traía mucha preocupación a la comunidad ante la repetida y triste experiencia de ataques producidos por perros de esas características, en especial a niños y ancianos, que en algunas ocasiones han terminado con sus vidas.
En los fundamentos del proyecto sostienen los legisladores de la Coalición Cívica que “diariamente, y a pesar de la vigencia de esta norma, vemos con inquietud en la vía pública animales de las razas consideradas de riesgo, acompañados o no por sus dueños, sin bozal ni correa, lo cual constituye un riesgo cierto para toda la comunidad”.
Razas peligrosas
Explican López Villa y los coautores de la presentación parlamentaria que se consideran especies caninas potencialmente peligrosas Akita Inu; American Staffordshire; Bullmastif; Bull Terrier; Doberman; Dogo Argentino; Dogo de Burdeos; Fila Brasileño y Gran Perro Japonés. También figuran en la nómina el Mastín Napolitano; Pit Bull Terrier; Presa Canario; Rottweiler y Staffordshire Bull Terrier.
Tras hacer referencia a la creación de un Registro de Propietarios de Perros Potencialmente Peligrosos, y el otorgamiento de atribuciones a los municipios para la puesta en marcha y supervisión de las acciones destinadas a dar cumplimiento a los principios normativos, los senadores de la Coalición Cívica aluden a “la lamentable reiteración de ataques de animales de estas especies a numerosas personas sin que ni los agredidos ni los propietarios de los canes pudieran hacer algo para evitar las graves lesiones -y en muchos casos la muerte- ocasionadas”.
Subrayan finalmente que estos tristes ejemplos ponen en evidencia que “aún existiendo leyes al respecto, si las mismas no están reglamentadas y difundidas, con autoridad de aplicación responsable, no cumplen el objetivo para el cual fueron elaboradas”.
No hay comentarios:
Publicar un comentario